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Convocatoria del programa de ayudas para proyectos singulares de renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal (Proyectos Singulares Alumbrado Municipal)

El Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE) abrirá este mes de septiembre la primera convocatoria del programa de ayudas para proyectos singulares de renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal (Proyectos Singulares Alumbrado Municipal). 

Esta primera convocatoria cuenta con una dotación presupuestaria máxima inicial de 100.000.000 euros, con cargo al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, contribuyendo a alcanzar los objetivos de reducción del consumo de energía final, que fija el artículo 7 de la Directiva 2018/2002/UE, y las emisiones de dióxido de carbono. 

Las solicitudes de ayuda objeto de esta convocatoria y su documentación podrán presentarse desde las 9:00 h del día 12 de septiembre de 2023 hasta las 14:00 horas del día 24 de octubre de 2023.  

Bases y convocatoria:

Estas bases tienen la finalidad de regular las convocatorias a fin de seleccionar a los beneficiarios de las ayudas del programa en régimen de concurrencia competitiva 

  • Orden TED/388/2023, de 29 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas para proyectos singulares de renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal, Proyectos Singulares Alumbrado Municipal (BOE núm. 95, 21/04/2023). 

  • Orden TED/674/2023, de 12 de junio, por la que se corrigen errores en la Orden TED/388/2023, de 29 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas para proyectos singulares de renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal, proyectos singulares alumbrado municipal (BOE núm. 149, 23/06/2023) 

  • Convocatoria: Resolución de 20 de julio de 2023 del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se establece la primera convocatoria del programa de ayudas para proyectos singulares de renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal (Proyectos Singulares Alumbrado Municipal). Extracto de la Resolución de 20 de julio de 2023 publicado en BOE núm. 177, 26/07/2023. 

  • Publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones BDNS: 709545 

Actuaciones elegibles: 

Las actuaciones elegibles son aquellas que tienen como denominador común la reducción de la potencia lumínica de las instalaciones de alumbrado existentes, mediante la sustitución de los actuales equipos de alumbrado por luminarias de mayor rendimiento, por fuentes de luz de mayor eficiencia y/o por equipos electrónicos de regulación y control, y que permitan reducir la contaminación lumínica del entorno respecto del alumbrado sustituido.

Beneficiarios: 

Podrán ser beneficiarios de este programa las entidades locales, según la definición del artículo 3 de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Asimismo, podrán ser beneficiarias de este programa las entidades públicas a quienes se les atribuya la gestión de los servicios públicos municipales de alumbrado exterior, siempre que no se trate de una entidad productora de mercado o que realice una actividad económica por la que oferte bienes o servicios en un determinado mercado. 

Modalidad y cuantía de la ayuda: 

Préstamo reembolsable de hasta el 100% de la inversión elegible del proyecto, a un tipo de interés del 0,0% y con un plazo máximo de vigencia de 10 años (que incluye los primeros 12 meses de carencia, por lo que el plazo de amortización máximo será de 9 años), exento de comisiones de apertura, estudio y cancelación y de garantías.  

El préstamo máximo a conceder, para un mismo beneficiario, será de 10.000.000 € y el mínimo de 300.000 €. Las actuaciones de una cuantía inferior a 300.000 €, podrán presentarse de forma agrupada con otro u otros solicitantes.   

Presupuesto: 

Esta primera convocatoria cuenta con una dotación presupuestaria máxima inicial de 100.000.000 euros, con cargo al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, contribuyendo a alcanzar los objetivos de reducción del consumo de energía final, que fija el artículo 7 de la Directiva 2018/2002/UE, y las emisiones de dióxido de carbono. 

Plazos de presentación y vigencia del programa:  

Las solicitudes de ayuda objeto de esta convocatoria y su documentación podrán presentarse desde las 9:00 h del día 12 de septiembre de 2023 hasta las 14:00 horas del día 24 de octubre de 2023, todo ello, a través del sistema telemático correspondiente alojado en el portal de ayudas de la sede electrónica del IDAE. La solicitud y la documentación para aportar con la misma se harán en castellano. 

Transcurrido el anterior plazo de presentación de solicitudes expirará la vigencia de la presente convocatoria, y no serán admitidas más solicitudes.

Carga de datos y documentación para solicitud de ayuda: 

Una vez comience el plazo de presentación de solicitudes, según establezca la convocatoria, la solicitud se efectuará de manera telemática a través de la aplicación que estará disponible en la Sede Electrónica del IDAE, conforme al formulario que figure en la misma y la presentación de la documentación referenciada en la Orden TED/388/2023, de 29 de marzo por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas. 

Los modelos de documentación a presentar, memoria descriptiva y anexos, pueden encontrarse igualmente en la Sede Electrónica del IDAE

Todas las reservas y solicitudes de ayuda sólo se podrán efectuar con la firma electrónica del representante en la Sede Electrónica del IDAE.  

Accede aquí a la versión extendida del documento oficial


Protocolo de Auditoría Energética de las Instalaciones de Alumbrado Público Exterior

El objeto de este documento es facilitar un procedimiento de actuación con el alcance de los trabajos para la realización de una auditoría energética de instalaciones de alumbrado público exterior.

Edición 2020 Descargar archivo

Edición 2008 Descargar archivo


Requerimientos técnicos exigibles para luminarias con tecnología led de alumbrado exterior. Rev. 13 - Noviembre 2022

El gran desarrollo de la tecnología SSL (Solid State Lighting), y especialmente el LED (Light Emitting Diode) de alta potencia como fuente de luz para su aplicación en luminarias de alumbrado exterior, ha motivado la aparición en el mercado de productos que implantan esta tecnología para sustituir a la iluminación convencional.

Estas innovaciones pueden traer consigo grandes beneficios si se constata que se obtienen los resultados lumínicos objetivo, se consiguen instalaciones de alumbrado energéticamente más eficientes, se reducen los costes de mantenimiento y queda garantizada su durabilidad.

En cuanto a la propia tecnología LED es importante destacar que los parámetros proporcionados por los fabricantes del LED (del propio diodo emisor) no son extrapolables al funcionamiento de estos una vez incorporados a una luminaria, ya que variarán durante su periodo de funcionamiento según el específico diseño de esta. Fundamentalmente se debe a que los fabricantes del diodo caracterizan sus LED
en condiciones nominales, que diferirán de las condiciones de funcionamiento reales en la propia luminaria. Por este motivo, los fabricantes de luminarias LED proporcionarán de forma clara, concisa, realista y normalizada, las características y parámetros técnicos de sus luminarias, posibilitando la comparativa entre productos de diferentes fabricantes.

De manera análoga la propuesta de aplicación de tecnología LED en alumbrado exterior deberá ser suficientemente razonada mediante el correspondiente estudio luminotécnico, el análisis energético y las características técnicas y requisitos normativos del producto empleado.

En el Reglamento de Eficiencia Energética de Instalaciones de Alumbrado Exterior, publicado el año 2008 (RD1890/2008), no se contempló la aplicación de esta tecnología LED, sin embargo, sí ha sido recogida en su Guía de Interpretación publicada en junio 2013. Este hecho recomienda la revisión e incorporación de tal reglamento en el presen- te documento, de forma que quede reflejado en el mismo cualquier especificación técnica que debería reunir cualquier instalación con tecnología LED que quiera proveerse para la reforma o nueva instalación de un alumbrado exterior.

El objetivo del presente documento, elaborado por el Comité Español de Iluminación (CEI) y a iniciativa del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), es desarrollar aquellos conceptos y requerimientos técnicos que han de cumplir los productos técnicos y las propias empresas que ofrezcan tecnología LED y garantizar que los resultados lumínicos, económicos y de explotación, una vez instalados, se corresponden con los presentados en los estudios previamente realizados.

Desde la primera edición de este documento, en mayo de 2011, la tecnología LED se ha beneficiado de una evolución tecnológica y normativa que ha hecho necesarias regulares revisiones y actualizaciones de este documento, una evolución tecnológica y normativa que ha hecho necesarias regulares revisiones y actualizaciones de este documento, siendo esta la última revisión, aprobada en noviembre de 2022.

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Modelos de Contratos del IDAE

Modelos de contratos del IDAE de colaboración entre el sector público y el sector privado para la prestación de servicios energéticos en las instalaciones de alumbrado exterior del municipio de…

Documentos descargables

Pliego de Clausulas Administrativas y Técnicas rector del Contrato de las obras de mejora del Alumbrado Público Exterior del Término Municipal de León

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Modelo de pliego Descriptivo para el procedimiento CCPP en la reforma del alumbrado.

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Modelo de pliego Funcional para el procedimiento CCPP en la reforma del alumbrado.

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Modelo de pliego Administrativo para el procedimiento Mixto en la reforma del alumbrado.

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Modelo de pliego Técnico para el procedimiento Mixto en la reforma del alumbrado.

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Relación de Anexos a los pliegos. v-2016.

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Plan de ahorro y eficiencia energética 2011-2020

2º Plan de acción nacional de eficiencia energética en España 2011-2020

Este Plan de Acción 2011-2020 constituye el segundo Plan Nacional de Acción de Ahorro y Eficiencia Energética (NEEAP) que, de acuerdo con el artículo 14 de la Directiva 2006/32/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2006, sobre la eficiencia del uso final de la energía y los servicios energéticos, el Estado español deberá remitir a la Comisión Europea en 2011. Este Plan de Acción ha sido aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de fecha 29 de julio de 2011, y da continuidad a los planes de ahorro y eficiencia energética anteriormente aprobados por el Gobierno español en el marco de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España 2004-2012 (E4), aprobada en noviembre de 2003.

Los planes de acción aprobados en el marco de la E4 han sido objeto de análisis y evaluación de acuerdo con las recomendaciones sobre los métodos de verificación y medida de los ahorros elaboradas por la Comisión Europea. Este nuevo plan de acción incluye, por tanto, una cuantificación de los ahorros de energía derivados de los Planes de Acción 2005-2007 y 2008-2012, aprobados, respectivamente, por Acuerdo de Consejo de Ministros de 8 de julio de 2005 y de 20 de julio de 2007.

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